Bazán, María ElenaJuárez, Norma AliciaPeralta, Soledad AndreaAlvarez, Mirta Beatriz2025-12-222025-12-222022Bazán, M. E., Juárez, N. A., & Peralta, S. A. (2022). Utilitas publica praeferenda est privatorum contractibus. Consideraciones relacionadas a la servidumbre de acueducto en Roma y en el Código Civil y Comercial de la Nación. En M. B. Alvarez (Comp.), Estudio sobre principios generales y derecho romano : volumen 1 (pp. 225-257). UFLO Universidad.978-987-710-116-4https://hdl.handle.net/20.500.14340/3035En el devenir de la historia del hombre y especialmente en Roma buscaron el progreso de la civitas, a fin de lograr avances para el bienestar del pueblo. Así, surgió la construcción de los monumentales acueductos, dispersos en todo el ámbito de la dominación romana, principalmente en tiempos de la República y el Imperio. El emplazamiento de ellos fue considerado, en razón de una utilidad pública y en relación con los intereses privados, convirtiéndose estas inmensas estructuras en grandes obras que se mantienen en pie hasta el día de hoy, como testigos del esfuerzo por armonizar el bien común y los derechos de los particulares. De esta forma, continuaban con el servicio de abastecimiento del agua, elemento indispensable de la vida y que llega a las diversas poblaciones, hasta el presente. Tratamos el principio de utilidad pública con una mirada hacia la Servidumbre de Acueducto en Roma y su aplicación en nuestra legislación vigente, en el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina.esopenAccessDERECHO ROMANOCODIGO CIVIL Y COMERCIALUtilitas publica praeferenda est privatorum contractibus. Consideraciones relacionadas a la servidumbre de acueducto en Roma y en el Código Civil y Comercial de la NaciónParte de Libro