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Examinando por Materia "FAVOR DEBITORIS"

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    Artículo
    Del favor debitoris romano a la protección del más débil en el Código Civil y Comercial de la Nación. Algunos supuestos
    (Universidad Católica de Córdoba, Argentina, 2021) Alvarez, Mirta Beatriz
    El favor debitoris en el Derecho Privado Romano es una regla de interpretación de las cláusulas contractuales, que en caso de duda, o si resultan vagas o ambiguas determina que éstas deban interpretarse en contra del que las dispuso (del predisponente). El principio de protección a la parte más débil, en la legislación argentina, fue traspasando el límite del Derecho Privado para adentrarse en el Derecho Público a fines del siglo XX. En el siglo XXI, la puesta en vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación, refuerza aún más este principio. En la presente ponencia, mencionaremos las fuentes justinianeas que sostienen este principio y realizaremos una breve reseña histórica de su recepción en la legislación argentina, para luego analizar algunos supuestos que se encuentran en el libro tercero y en la parte general del Código Civil y Comercial de la Nación.
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    Parte de Libro
    La reinterpretación del principio del favor debitoris para resolver conflictos bioéticos
    (Universidad de Flores, 2019) Estrada, Susana Isabel
    El principio bioético de respeto por la persona, reformulado posteriormente como de autodeterminación, ha ido desplazando al paternalismo médico y otorgando un rol protagónico al ejercicio de la autonomía de la voluntad. En el ejercicio de esa autonomía, en un marco de buena fe y equidad, es dable vincularlo con el principio del “favor debitoris”. Ambos se complementan, pero a la vez generan conflictos de intereses cuando las partes no se encuentran en una situación de igualdad, porque una de ellas ejerce una posición dominante respecto a la otra. En tales situaciones es de aplicación un sistema protectorio a una categoría de sujetos, llamados vulnerables por la bioética, considerados la parte débil de la relación, aunque no se encuentren conectados por un vínculo de mercado. Bastaría probar la inequidad surgida de situaciones abusivas para aplicarlo a otros escenarios de posición dominante, tal como es el caso de los vulnerables sometidos a la experimentación, cuando surgen conflictos de intereses entre el investigador y el sujeto de investigación, debiéndose resolver los dilemas bioéticos a favor de una de las partes. Para ello se propone consagrar el principio del favor debitoris para resolver los conflictos en la investigación biomédica.
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