La dignidad humana, los derechos humanos, la presunción de inocencia y el aforismo de Ulpiano (“Satius enim esse, impunitum relinqui facinus nocentis, quam innocentem damnare”, Digesto 48, 19.5)

dc.contributor.authorAlonsopérez, Gabriela Marta
dc.contributor.editorAlvarez, Mirta Beatriz
dc.coverage.spatialArgentina
dc.date.accessioned2025-12-22T17:25:56Z
dc.date.available2025-12-22T17:25:56Z
dc.date.issued2022
dc.description.abstractEl objetivo del trabajo es vincular la dignidad humana y los derechos humanos con la presunción de inocencia, destacando la pervivencia del aforismo de Ulpiano y su importancia para asegurar la protección de la libertad personal como derecho humano fundamental. El aforismo “Satius enim esse, impunitum relinqui facinus nocentis, quam innocentem damnare” (que tampoco debía ser condenado alguien por sospechas, porque es mejor que se deje impune el delito de un culpable que condenar a un inocente)285 se proyecta hasta la actualidad en la Constitución Nacional, el Código Procesal Penal Federal y en los tratados internacionales de jerarquía constitucional a los que se adhiere la República Argentina. La dignidad humana es el fundamento indiscutible de los derechos humanos. El respeto de estos derechos adquiere gran relevancia en el proceso penal. La Constitución Nacional ha incluido este concepto en el “juicio previo” o “debido proceso” en virtud del cual, para que un sujeto pueda ser pasible de una condena o pena, es necesario que antes se desarrolle un trámite procesal denominado “juicio”, en el cual se deben cumplir ciertas etapas (acusación, defensa del acusado, prueba y sentencia). La presunción de inocencia es reconocida en forma universal como derecho humano y a la vez es principio básico para la buena administración de justicia de manera particular para la justicia penal. Asimismo, este principio es clave para el buen funcionamiento de la sociedad democrática que lo incluye como pilar en los textos constitucionales e internacionales y en los fallos de las cortes internacionales. La presunción de inocencia prohíbe todo acto de coerción que se extienda más allá de asegurar la investigación de los hechos y la ejecución de la pena. En virtud del artículo 8 del Convención Americana de Derechos Humanos – Pacto de San José de Costa Rica, el acusado tiene el derecho de que mientras una sentencia no lo declare culpable o lo absuelva “se presuma su inocencia”.es_AR
dc.description.filiationAlonsopérez, Gabriela Marta. Universidad de Buenos Aires; Argentina.
dc.identifier.citationAlonsopérez, G. M. (2022). La dignidad humana, los derechos humanos, la presunción de inocencia y el aforismo de Ulpiano (“Satius enim esse, impunitum relinqui facinus nocentis, quam innocentem damnare”, Digesto 48, 19.5). En M. B. Alvarez (Comp.), Estudio sobre principios generales y derecho romano : volumen 1 (pp. 161-199). UFLO Universidad.es_AR
dc.identifier.isbn978-987-710-116-4
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.14340/3032
dc.language.isoeses_AR
dc.publisherUniversidad de Flores. Facultad de Derecho
dc.rightsopenAccess
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.subjectDERECHO ROMANOes_AR
dc.subjectPRESUNCION DE INOCENCIAes_AR
dc.subjectDERECHOS HUMANOSes_AR
dc.titleLa dignidad humana, los derechos humanos, la presunción de inocencia y el aforismo de Ulpiano (“Satius enim esse, impunitum relinqui facinus nocentis, quam innocentem damnare”, Digesto 48, 19.5)es_AR
dc.typeParte de Libroes_AR
dc.type.versionpublishedVersion
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