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    El agua como derecho humano: evolución de su protección, jurisprudencia y problemáticas actuales
    (Universidad de Flores, 2025) Rodríguez, Julieta Salomé; Alvarez, Mirta Beatriz
    El propósito del presente trabajo es realizar un relevamiento de la protección jurídica del agua a lo largo de la evolución del derecho. Comenzaremos por Roma, donde encontraremos importantes obras, algunas todavía en funcionamiento, diseñadas para aprovechar y proteger este recurso vital para el desarrollo de la vida. Posteriormente, analizaremos la situación actual, incluyendo normas locales y resoluciones internacionales que otorgan al agua el estatus de derecho humano. Además, revisaremos la jurisprudencia argentina y abordaremos algunas problemáticas actuales vinculadas con el agua en nuestro continente.
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    ¿Dominium o proprietas?: desde su origen y evolución en el derecho romano hasta su recepción en la legislación argentina
    (Universidad de Flores, 2025) Sconda, Mariana Verónica; Alvarez, Mirta Beatriz
    En este trabajo se plantea como objeto de investigación analizar el significado y la diferenciación de los vocablos dominium y proprietas en el derecho romano, desde la época arcaica hasta la justinianea. Cabe mencionar que en Roma, en un primer momento histórico, estos vocablos no eran considerados sinónimos. Abordaremos su evolución a través del derecho intermedio, su recepción en el derogado Código Civil de Vélez Sarsfield, su concepción constitucional y cómo se encuentra legislado actualmente en el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina.
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    El usufructo viudal en Roma : formas de constitución y pérdida por segundas nupcias
    (Universidad de Flores, 2025) Vázquez Lemos, Ana; Alvarez, Mirta Beatriz
    El usufructo viudal en Roma era un derecho que permitía a la esposa (uxor) disfrutar de los bienes de su marido fallecido. Su existencia dependía de que el matrimonio fuera lícito, y si el matrimonio era declarado ilícito, se podría exigir la devolución de lo recibido. El usufructo podía ser otorgado por el marido a través del testamento, bien por fideicomiso o como legado. El usufructo a favor de la esposa podía revestir diferentes modalidades: universal, parcial o específico. En el derecho romano, el usufructo podía constituirse de varias formas. El legatum per praeceptionem otorgaba a la beneficiaria el usufructo de ciertos bienes, mientras que el legatum sinendi modo permitía disfrutar de bienes específicos con ciertas restricciones. Estas formas de constituir el usufructo ofrecían flexibilidad para asegurar que la usufructuaria recibiera lo estipulado. El Código justinianeo regulaba el usufructo viudal de manera más precisa. En el caso de que la esposa contrajera segundas nupcias antes del tempus lugendi (período de luto), perdía sus derechos sobre los bienes recibidos en legado, incluso si no existía una disposición expresa al respecto. Si se casaba después del período, conservaba su derecho de usufructo, pero siempre y cuando no se hubiera establecido una cláusula en contrario en el testamento. En cuanto a la pérdida de derechos, el usufructo viudal se extinguía con las segundas nupcias si el testador lo había estipulado expresamente, y si no era el caso, el usufructuario mantenía su derecho, a menos que contrajera matrimonio antes del tempus lugendi.
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    La protección de la confianza
    (Universidad de Flores, 2025) Bierzychudek, Laura; Alvarez, Mirta Beatriz
    En el marco del proyecto de investigación “Una mirada romanista a las reglas y principios del Código Civil y Comercial de la Nación. Primera parte” de la Facultad de Derecho de UFLO Universidad, surge la motivación de analizar las raíces romanísticas de la protección de la confianza, que, recientemente, fue considerada como una de las principales directrices en el derecho nacional a los fines de resolver conflictos relativos a la imputación de responsabilidad en el complejo entramado tecnológico y la red de relaciones contractuales que sustentan el funcionamiento de las plataformas digitales. En Roma, los ediles curules establecieron reglas para poner coto a las falacias de los vendedores y amparar a los compradores (Ulp. D.21. 1. 1. 2). Así, se estableció la regla de que el vendedor debía declarar con total lealtad y buena fe las enfermedades crónicas (morbi) y los vicios (vitia) de los esclavos como de los animales. Por esto, surge de manera manifiesta la importancia de la protección de la confianza en las relaciones comerciales, la cual emerge, a su vez, del principio de buena fe, que rige como principio integrativo en la celebración, interpretación y ejecución de los contratos (artículos 9 y 961 del Código Civil y Comercial de la Nación). Al mismo tiempo, la idea de la buena fe sirve también como motivo inspirador para la intervención de la autoridad en la regulación y/o ejecución de las normas en las interacciones entre individuos que no se encuentran adecuadamente tuteladas, con el propósito de preservar la lealtad y la protección de la confianza, entre otros aspectos. Estos principios y valores objetivos se encuentran arraigados en nuestra tradición jurídica, a través de la doctrina y la resolución de los casos, desde una vocación universalista, y hoy, además, son principios codificados en nuestro Código Civil y Comercial de la Nación. La ubicación del artículo 1067 –que refiere, expresamente, a la protección de la confianza– dentro del capítulo de interpretación para contratos en general del Código unificado refuerza la cohesión del sistema y confirma la concepción humanista del derecho como “ars boni et aequi”.
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    El valor del silencio en relación a la aceptación de la herencia de Roma a la actualidad. Análisis de un fallo y de los cambios introducidospor el Código Civil y Comercial de la Nación
    (Universidad de Flores, 2025) Alvarez, Mirta Beatriz; Alvarez, Mirta Beatriz
    En trabajos anteriores nos hemos referido a la regla ubicada en D. 50. 17. 142 atribuida a Paulo que expresa “Qui tacet, non utique fatetur: sed tamen verum est eum non negare” y hemos desarrollado el valor del silencio como regla del derecho en diversas hipótesis y su recepción en la legislación argentina. En esta oportunidad, abordaremos el tema con respecto a la aceptación de la herencia. Para ello, haremos referencia al valor del silencio con relación a esta temática en el derecho romano, a la inversión de la presunción en el derecho justinianeo, para luego analizar un fallo reciente de la justicia argentina que se resolvió de acuerdo con lo dispuesto en el Código Civil de Vélez. Por último, nos referiremos a los cambios que introduce el Código Civil y Comercial de la Nación.
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    Compensatio es debiti et crediti inter se contributio: del derecho romano al Código Civil español
    (Universidad de Flores, 2025) Pérez Álvarez, María del Pilar; Alvarez, Mirta Beatriz
    La compensación descrita por Modestino exige que dos personas sean a la vez y respectivamente acreedoras y deudoras la una de la otra al mismo tiempo. La compensación (compensatio, compensación, compensazione, Aufrechnung, Set-off) parece un mecanismo bastante simple: cuando dos personas son recíprocamente acreedoras y deudoras la una de la otra, pueden liberarse de su deuda en la medida de la menor de las dos desde que se cumplan los requisitos establecidos por el ordenamiento. La justificación de este mecanismo está en razones de economía procesal para evitar dos procesos distintos y en razones de equidad (aequitas compensationis, según las fuentes), pues no es justo que una de las partes exija el pago sin atender su propia deuda frente al otro y se evita el riesgo, para el que paga, de que el acreedor, una vez satisfecha su deuda, incurra en insolvencia. La finalidad de este trabajo es el estudio de la institución de la compensación (legal, judicial y convencional) desde el derecho romano, pasando por las posiciones doctrinales de las escuelas del derecho medieval y moderno y hasta el Código Civil español, que, como veremos, proyecta esta institución de manera semejante a cómo se plasmó en el período justinianeo.
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    Una revisión de la relación entre Constantino y el cristianismo
    (Universidad de Flores, 2025) Monzón, José María; Alvarez, Mirta Beatriz
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    Antecedentes en la antigua Roma de la regla indemnizatoria en la expropiación forzosa
    (Universidad de Flores, 2025) Morel, Gabriela Victoria; Alvarez, Mirta Beatriz
    El objetivo del presente trabajo es analizar la regla indemnizatoria en el instituto de la expropiación forzosa, desde sus primeras manifestaciones a fines de la República romana hasta su configuración normativa y jurisprudencial actual. Desde este atalaya, analizaremos en primer lugar las fuentes y los comentarios de romanistas especializados en el análisis del derecho público romano en general y el instituto de la expropiación en particular. En segundo lugar, previa referencia a su recepción en las Partidas, continuaremos el enfoque hacia el estudio del derecho administrativo actual en su aspecto normativo y jurisprudencial como así también doctrinario. La finalidad de este análisis radica en observar cómo perviven las reglas y principios fundamentales a lo largo del tiempo, cuya raíz es posible hallarla en el derecho romano. Abordaremos el requisito indemnizatorio como componente esencial del instituto de la expropiación y consecuencia del principio de razonabilidad que debe encontrarse presente en toda decisión estatal. Cristalizando de este modo la búsqueda, intrínseca al derecho administrativo, del equilibrio entre el interés público y los derechos de los particulares. Pudiendo evidenciar también, desde el paradigma actual en el que nos encontramos inmersos, la búsqueda constante del derecho administrativo como herramienta del Estado a fin de “conformar el orden social en términos de igualdad”. Finalmente, analizaremos cómo este instituto resultó una contribución al desarrollo de una concepción más compleja del derecho público, donde la ciudadanía posee derechos oponibles a la Administración, que ésta última se encuentra obligada a respetar.
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    La importancia de las formaciones precívicas en la conformación del poder. El caso de la gens en Roma
    (Universidad de Flores, 2025) Mora, Patricia Silvina; Alvarez, Mirta Beatriz
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    Ultractividad del derecho romano, delitos y cuasidelitos
    (Universidad de Flores, 2025) Miceli, Marilina Andrea; Bonjour, Daniel G.; Núñez, Leticia Inés; Alvarez, Mirta Beatriz
    La presente comunicación al XI Congreso sobre Principios Generales y Derecho Romano se enmarca entorno del proyecto de investigación de la Universidad John Fitzgerald Kennedy “Derecho Público Romano: Pervivencia de sus instituciones y principios generales”, en el que participamos los Dres. Marilina Miceli (directora), Daniel Bonjour, Leticia Núñez y los estudiantes René Ángulo y Victoria Cali, y se circunscribe en derredor de la figura del “cuasi ex delicto”, nacido de la casuística elaborada por los magistrados, al que aplica el principio originado de Hermogeniano de que “todo el derecho se inventó por causa y razón del hombre”.
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    Quintiliano, la oscuridad del lenguaje jurídico y su impacto en las sentencias judiciales
    (Universidad de Flores, 2025) Alonsopérez, Gabriela Marta; Alvarez, Mirta Beatriz
    El objetivo del trabajo es indagar en el principio presentado por Quintiliano “El primer requisito de la elocuencia es la claridad” y cómo a través de la oscuridad del lenguaje jurídico se intenta transmitir un mensaje que no es comprensible para el destinatario. Quintiliano hace mención en su libro VIII, capítulo II, de diversas situaciones en el discurso que pueden derivar en la oscuridad del lenguaje y consecuentemente, alejar al oyente de la posibilidad de entender el mensaje del orador. Esta oscuridad en el lenguaje jurídico atenta contra la razón de ser de las sentencias judiciales como instrumento de comunicación entre el juez y los ciudadanos, comprometiendo la transmisión del mensaje a la ciudadanía. Según Plain Language Association International, “una comunicación está en lenguaje claro si la lengua, la estructura y el diseño son tan claros que el público al que está destinada puede encontrar fácilmente lo que necesita, comprende lo que encuentra y usa esa información”. El lenguaje claro promueve la eliminación de barreras en materia de comunicación y protege el derecho de comprender de las personas en un sistema democrático. Tanto para el orador clásico como para el moderno es de suma importancia utilizar un lenguaje claro y evitar las estructuras que atentan contra dicha claridad. En este trabajo destacaré cuáles son esas estructuras y los canales necesarios para evitarlas o subsanarlas, en especial en las sentencias judiciales.
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    Los juegos de gladiadores : desde el rito funerario hasta el espectáculo imperial y las reformas de Augusto
    (Universidad de Flores, 2025) Abreu, Gustavo; Alvarez, Mirta Beatriz
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    El largo recorrido de Roma desde sus oscuros orígenes a su eclosión como imperio globalizador
    (Universidad de Flores, 2025) Rodríguez Ennes, Luis; Alvarez, Mirta Beatriz
    La investigación comienza defendiendo la necesidad de retrotraerse al Imperio romano como precedente más claro del proceso denominado “globalización”, para cuya defensa se recurre a distintos autores que sintéticamente refieren lo que sigue: necesidad de huir de la terminología moderna para explicar el pasado; consideran que numerosos investigadores entienden que la globalización solo es relevante para el mundo contemporáneo: y que no existen analogías en los procesos y patrones de globalización actuales con los del mundo antiguo.
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    Desterrados, migrantes y desplazados : una mirada a través del tiempo de los obligados a dejarlo todo
    (Universidad de Flores, 2025) Juárez, Norma Alicia; Peralta, Soledad Andrea; Alvarez, Mirta Beatriz
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    El derecho bizantino entre las dinastías justinianea y macedónica (siglos VI a X). La Ecloga
    (Universidad de Flores, 2025) Guelar, Rodrigo Leandro; Alvarez, Mirta Beatriz
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    Revoluciones tecnológicas en el ámbito notarial : del derecho romano a la era blockchain
    (Universidad de Flores, 2025) Mieszkowski, Sebastián Alberto; Alvarez, Mirta Beatriz
    En la historia de la humanidad, las nuevas tecnologías han tenido un profundo impacto en la sociedad, impulsando el desarrollo y transformando las actividades sociales a través de escenarios disruptivos. En este contexto, queremos destacar dos hitos por su profundo impacto: el paso de la oralidad a la escritura en el derecho romano y la aparición de la tecnología blockchain en el ámbito notarial contemporáneo. Mientras que el primero transformó el registro de acuerdos en documentos tangibles y duraderos, el segundo promete una revolución en la seguridad, integridad y transparencia de los documentos notariales a través de registros digitales inalterables. El enfoque y la normativa jurídica han tenido que adaptarse a estos nuevos escenarios, aportando seguridad y soluciones a la creciente complejidad de las interacciones en las relaciones sociales, incluyendo las relaciones entre individuos, entre individuos y el Estado y entre los Estados mismos. Este trabajo explorará cómo estos avances han redefinido la confianza y la validación en sus respectivos contextos históricos y tecnológicos, para luego dar cuenta de los usos de la tecnología blockchain en el ámbito notarial.
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    El ius fetiale en el derecho romano
    (Universidad de Flores, 2025) Méndez Chang, Elvira; Alvarez, Mirta Beatriz
    Desde la etapa monárquica, el populus romanus estableció relaciones con los pueblos vecinos, las que estaban reguladas por un conjunto de normas de naturaleza religioso-jurídica cuya finalidad era mantener el equilibrio y la armonía entre los seres humanos, así como entre éstos y las divinidades, alcanzándose la pax deorum. Estas normas pertenecieron al ius fetiale, ordenamiento jurídico-religioso considerado como un derecho común de los pueblos, que fue aplicado por los sacerdotes feciales (fetiales) en las relaciones “internacionales” del pueblo romano, específicamente cuando se planteaban reclamos por las ofensas o los daños causados (rerum repetitio), se producía la declaración de guerra (indictio belli) o se celebraba un acuerdo (foedus) entre los pueblos. Pese a su carácter religioso, el ius fetiale puede ser considerado como un antecedente de algunas instituciones del derecho internacional. Para ello, se presentarán quiénes eran los sacerdotes fetiales y sus principales funciones, qué era el ius fetiale y cómo se llevaron a cabo los reclamos por las ofensas o los daños contra el pueblo romano (rerum repetitio), la declaración de guerra (indictio belli) y la celebración de tratados (foedera). Luego, se reflexionará sobre las diferencias entre el ius fetiale y el derecho internacional contemporáneo.
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    El nasciturus y la interrupción voluntaria del embarazo
    (Universidad de Flores, 2025) Ghirardi, Juan Carlos; Alvarez, Mirta Beatriz
    Desde el derecho romano, y aún hasta hoy, se ha debatido acerca de la naturaleza de quien está por nacer. Un tema que es todavía, más que nunca podríamos decir, materia de discusión desde la óptica de la doctrina, y en el ámbito de los poderes legislativo y judicial. ¿El nasciturus es persona? Y, si así fuere, ¿todo embrión fecundado constituye ya un nasciturus? De lo contrario, ¿cuándo ese embrión comienza a ser persona? ¿Desde la fecundación? ¿Desde su implantación en la pared del útero? ¿A partir de un cierto tiempo contado desde la concepción, o directamente enseguida después de ésta?
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    La influencia de Roma y el derecho romano en Nicolás Avellaneda
    (Universidad de Flores, 2025) Giarrocco, Germán; Alvarez, Mirta Beatriz
  • Parte de Libro
    Crónica del XI Congreso sobre Principios Generales y Derecho Romano
    (Universidad de Flores, 2025) Alvarez, Mirta Beatriz; Alvarez, Mirta Beatriz